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NEGLIGENCIAS PROFESIONALES

En DGA Abogados defendemos el derecho de las víctimas a percibir una indemnización por los daños sufridos por negligencias profesionales

¿Qué se considera negligencia profesional?

La negligencia profesional puede definirse como una acción u omisión descuidada que un profesional comete en el desempeño de su profesión u oficio, siempre que su imprudencia llegue a producir un daño efectivo a un tercero. En función de las características de la negligencia puede derivarse responsabilidad únicamente civil (derecho a indemnización) o penal (imposición de una pena) y civil. Hablamos de responsabilidad civil profesional cuando nos encontramos ante una actividad que requiere para su desarrollo un título académico determinado (médicos, abogados, ingenieros, arquitectos, etc.) y el supuesto causante del daño está en posesión de ese título

Negligencias Médica y Sanitaria

 

En los últimos años, hemos recibido una gran demanda por parte de nuestros clientes para ejercitar acciones por supuestos actos médicos o sanitarios “imprudentes”. En un porcentaje muy elevado, tras el estudio de estos asuntos hemos considerado inviable el ejercicio de acciones ante los juzgados correspondientes. En el ámbito de la cirugía estética, sin embargo, hemos observado que por realizarse en clínicas carentes de los medios más básicos, por no disponerse de los profesionales adecuados o por otras circunstancias, los supuestos generadores de responsabilidad civil están proliferando enormemente.
 

Aunque la imprudencia de médicos y otros profesionales de la sanidad tiene unos elementos propios, su elemento esencial puede concretarse en una mala práctica profesional que ocasione un perjuicio concreto para el paciente. Lo fundamental, como en la mayoría de los asuntos de los que deriva responsabilidad civil, es el elemento probatorio.
 

Contamos con experiencia en la reclamación de indemnización derivadas de imprudencias médicas y/o sanitarias. Examinaremos los elementos que usted nos pueda aportar y le informaremos de nuestra opinión, consultando con los peritos que puedan ser necesarios para establecer la relación causal entre la supuesta acción u omisión imprudente y el perjuicio por el que se desea reclamar.


Tanto el profesional de la sanidad como la institución pública o privada para la que trabaje tendrán concertada una póliza de responsabilidad civil que cubre los posibles perjuicios que puedan causar a terceros.
 

Otras negligencias profesionales (arquitectos y aparejadores, abogados, ingenieros navales, ingenieros aeronáuticos, etc...)

La sociedad actual es cada vez más exigente con la actuación de los profesionales que ejercen una actividad profesional. Esas actividades pueden generar perjuicios para terceros y ese perjuicio puede llevar aparejada una indemnización.

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