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INCAPACIDADES Y TUTELAS

En DGA Abogados defendemos tu derecho a conseguir un acuerdo justo

¿En qué consisten las incapacidades y tutelas?

La capacidad jurídica es la aptitud para ser titular de derechos y de deberes jurídicos y corresponde a todo ser humano por el hecho de ser persona. Es una capacidad igual para todo ser humano.
 

Distinta de ésta es la capacidad de obrar, que es la aptitud para el ejercicio de los derechos y de los deberes y que no es igual para todos. La incapacidad es el grado inferior de la capacidad de obrar, es decir, carece de la aptitud necesaria para ejercer sus derechos y cumplir sus deberes. Esta persona actúa en el mundo jurídico a través de otra persona, su representante legal.
 

Este es el grado que corresponde a la persona que ha sido legalmente incapacitada y también sería el grado correspondiente a cualquier persona menor de edad hasta que alcanza la mayoría de edad.

 

Causas de la Incapacitación Judicial

La actual regulación se limita a definir las causas de incapacitación: las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma (enfermedad o deficiencia, de carácter psíquico o físico), la persistencia, imposibilidad de autogobierno.

Procedimiento de Incapacitación Judicial

El procedimiento a seguir en estos casos es el de incapacitación judicial. Se lleva a cabo mediante la interposición de la oportuna demanda ante los Juzgados competentes.

91 218 1592

Teléfono y cita previa gratuitos

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